Como Renovar Bono Social – Guía

¿Cómo renovar el bono social? [2021]

El gobierno ofrece ayuda a las personas con menos recursos económicos por medio del bono social de luz para que puedan pagar sus facturas. Si quieres ser uno de los beneficiarios del descuento del 25% o 40% en la factura de luz es necesario que puedas cumplir con ciertos requisitos como aclarar la situación familiar y el nivel de renta.

Este 2020 el gobierno ha detallado por medio del BOE una modificación en los requisitos que deben cumplir las personas que opten para la renovación de dicho beneficio. Aquí puedes ver la información detallada del Boletín Oficial del Estado.

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¿Quiénes pueden solicitar el bono social de luz?

El bono de luz está destinado específicamente a personas con bajos recursos económicos que tienen dificultad para pagar sus facturas de luz. Por ello, el gobierno ofrece un descuento del que estas familias puedan beneficiarse.

Las personas que pueden solicitarlo son los consumidores vulnerables, vulnerables severos y personas en riesgo de exclusión social. Puedes encontrar una información detallada de las rentas anuales que se deben cumplir para pertenecer a cada grupo de consumidores.

Consumidor Vulnerable (25% descuento)

Que la renta personal o en conjunta anual de la unidad familiar sea:

  1. Renta anual de unidades familiares sin menores: igual o inferior a 11.279€
  2. Renta anual de unidades familiares con 1 menor: igual o inferior a 15.039€
  3. Renta anual de unidades familiares con 2 menores: igual o inferior a 18.799€. Para estos el rango de renta se irá aumentando hasta un 50% si conviven con ellos personas con discapacidad del 33% o superior, bien sea por ser víctimas del terrorismo o por violencia de género.
  4. Familias monoparentales (umbral de renta se incrementa en 0,5 veces el IPREM respecto al de las familias biparentales).
  5. Familias numerosas sin importar el costo de su renta.
  6. Pensionistas por jubilación o incapacidad permanente que reciban prestaciones mínimas.

Usuarios vulnerables severos (40% descuento

  • Unidades familiares que la renta anual sea inferior al 50% de la renta establecida para el consumidor vulnerable.
  • Familias números con renta anual inferior a 15.039€.
  • Pensionistas con prestaciones anuales inferior a 7.520€.

Usuarios en riesgo de exclusión social (40% descuento)

  1. Todas las personas que sean consideradas como consumidores severos.
  2. Que cuenten con la ayuda de servicios sociales de su comunidad Autónoma para abonar el 50% importe de sus facturas.

Este tipo de usuarios no tienen que hacerse cargo del pago de la factura eléctrica y el suministro eléctrico no puede ser interrumpido por la falta del mismo.

Según la normativa de octubre del 2017, Real decreto 897/2017 se otorga este beneficio a todas las personas que cumplan los requisitos en cuanto a su situación familiar y su nivel de renta anual.

La nueva normativa continúa manteniendo los requisitos básicos del bono social, que son:

  • Ser el titular del contrato de luz.
  • Tener contratada la tarifa PVPC (Precio Voluntario al Pequeño Consumidor).
  • Tener una potencia contratada inferior a 10 kW.
  • Solicitar el bono social para la vivienda actual de la familia.

¿Cuándo renovar el bono social eléctrico?

La vigencia del bono social es de dos años para todos los consumidores vulnerables a excepto en los que tengan familias numerosas. Puede extenderse si no cambian las condiciones del conjunto familiar.

La renovación debe realizar 5 días antes de que se cumpla el periodo de vigencia. Realizar la misma es necesario para continuar disfrutando de este beneficio. Se debe renovar cuando:

  1. Se finalice la aplicación de la ayuda al cumplir dos años.
  2. Si se trata de familias numerosas se debe renovar el carnet de que continúan en esta condición.

Es necesario que realicen la renovación del beneficio dentro de los días establecidos para garantizar el uso continuo del beneficio. El plazo de renovación es de 30 días una vez que solicitas el bono.

¿Cómo solicitarlo?

La documentación que se debe presentar para la solicitud de renovación es la misma que se presenta cuando se solicita por primera vez. Estas son:

  1. Solicitud firmada por todos los miembros de la unidad familiar que sean mayor de 14 años. La solicitud se puede conseguir en cualquier comercializador de último recurso. Estas son algunas comercializadoras de referencia:
  • Endesa Energía XXI
  • Iberdrola Comercialización de Último Recurso
  • Gas Natural S.U.R.
  • EDP Comercializadora de Último Recurso
  • Viesgo Comercializadora
  • Teramelcor S.L.
  • Empresa de Alumbrado Eléctrico de Ceuta S.A.
  • CHC Comercializador de Referencia, S.L.U.

De no ser cliente de ninguna de estas comercializadoras tendrás que solicitar el cambio de compañía de luz. El cambio se realiza por la misma comercializadora en el caso de que se le apruebe la solicitud del beneficio.

  1. Fotocopia del DNI del titular del contrato de luz y la de los demás restos de la unidad familiar.
  2. Libro de familia o certificación de la hoja individual del Registro Civil.
  3. Certificado del empadronamiento del titular y todos los miembros de la unidad familiar.
  4. Fotocopia del título de familia numerosa.
  5. Certificado de los Servicios Sociales que acredite circunstancia especiales.

Una vez que se entregue toda la documentación, el usuario deberá recibir respuesta dentro de un plazo de 15 días. De ocurrir algún error o faltar algún documento, la comercializadora deberá ser informada dentro de este plazo. Una vez admitida toda la documentación correctamente se contará con un plazo de 15 días más de plazo para dar la respuesta final.

Simulador para el cálculo de descuento

Actualmente existe una aplicación que te permitirá conocer si tienes derecho o no para solicitar el bono según las condiciones que cumples. Con el simulador puedes saber si eres un consumidor vulnerable, vulnerable severo o vulnerable severo en riesgo de exclusión social.

Este simulador fue desarrollado en colaboración de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia que se encarga de certificar que se cumplan las normativas del sector energético vigente.

Es importante que suministres la información correcta ya que la misma será verificada por la Comercializadora y de encontrar algún dato inválido perderás la oportunidad de solicitar el beneficio.

Además, si existe algún cambio en la unidad familiar también se debe notificar en los primeros 15 días en que ha ocurrido la modificación en el núcleo familiar. o de lo contrario será interrumpido el beneficio quedando anulado y sin efecto.

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